Recinto del Pensamiento - Jaime Restrepo Mejía

Microcuencas

FONDO PARA LA PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

ANTECEDENTES

La Comunidad Económica Europea en octubre de 1990 concedió algunas exenciones arancelarias, por cuatro años, para varios productos agrícolas e industriales, entre los cuales incluyó la eliminación del arancel del 4% con que se gravaban las importaciones del café verde colombiano.

Estas exenciones arancelarias las aprobó el Consejo de Ministros de la Comunidad, atendiendo una solicitud que durante su gobierno formuló el señor presidente Doctor Virgilio Barco buscando que los productos colombianos exportados a los países de la Comunidad tuviesen una mayor demanda y por esta vía generar en Colombia una mayor actividad económica y con ello compensar en algo la difícil situación de nuestro país agravada por la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo.

La Federación Nacional de Cafeteros de Colombia estudió la incidencia de esta reducción arancelaria para el caso del café colombiano exportado a los países de la Comunidad y encontró que dadas las condiciones del mercado del mismo, no se iban a lograr aumentos en los niveles de consumo y por consiguiente, había que desarrollar una estrategia para traer al país los beneficios de esta exención; por ello propuso un ambicioso y oportuno plan dirigido a la protección y recuperación del medio ambiente.

El Gobierno Colombiano acogió esta propuesta de la Federación y apoyó la creación del Fondo para la Protección y Recuperación del Medio Ambiente, dió todo el respaldo y colaboró con sus misiones diplomáticas para la cristalización de esta tan importante idea.

OBJETIVO GENERAL

Desarrollar un plan integral para la protección y recuperación de las cuencas hidrográficas de la zona cafetera y de su influencia, asegurando así la disponibilidad del recurso agua en cantidad y calidad suficiente y la preservación y recuperación de sus suelos, su fauna y su flora.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  • Desarrollar un programa de reforestación protectora para fuentes de agua de las microcuencas de la zona productora de café y de su influencia.
  • Ejecutar un programa que permita la conservación y recuperación de los suelos.
  • Desarrollar un programa para la descontaminación de aguas.
  • Apoyar el establecimiento de proyectos forestales comerciales.
  • Desarrollar un programa de capacitación y educación de la comunidad en el buen uso y manejo de los recursos naturales.
  • Apoyar el desarrollo de estrategias que eviten la tala del bosque nativo para el establecimiento de cultivos de pan coger y ganadería extensiva y para el uso de su madera como combustible.
  • Apoyar el establecimiento de organizaciones para la industrialización y comercialización de los productos forestales.
  • Apoyar programas de investigación en el campo agronómico, forestal y de tecnología apropiada.

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS

El 40% con destino a los Programas de Manejo Integral de Microcuencas y Acueductos Rurales y de Descontaminación de Aguas en zonas cafeteras y de influencia cafetera.

Los criterios, pautas y procedimientos para seleccionar e identificar los proyectos y para la distribución de tales recursos serán definidos por el Comité Ejecutivo de la Federación, en concordancia con los criterios generales establecidos por el Fondo de Desarrollo Rural Integrado y el Plan de Acción Forestal para Colombia.

30% con destino a la financiación de proyectos de reforestación de bosques productores comerciales, subsidios transparentes e inversiones no recuperables en las zonas ubicadas a partir de los 1.200 m.s.n.m., que conforman lo que se conoce como Región Andina, incluyendo la Sierra Nevada de Santa Marta y las Serranías del Choco.

Los criterios, pautas y procedimientos para la identificación y la selección de los proyectos correspondientes a dichos recursos se establecerán por el Comité Nacional.

10% para la realización de programas de investigación, de capacitación y divulgación, de acuerdo con las pautas y criterios que para tal efecto señale el Comité Nacional.

El 20% restante para la gestión del Sistema de Parques Nacionales.

REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE MANEJO INTEGRAL DE MICROCUENCAS DE ACUEDUCTOS

Cada microcuenca se constituye en un proyecto. Para la identificación, jerarquización y elaboración de estos proyectos se tendrán en cuenta los lineamientos establecidos por el Fondo de Desarrollo Rural Integrado y el Plan de Acción Forestal para Colombia. Para tal efecto, la Subgerencia General Técnica distribuirá un documento que facilitará hacer la descripción del estado actual de la microcuenca y el planeamiento de las actividades y tareas para lograr la recuperación y protección de la misma. Este documento al ser utilizado para todo el país permitirá la sistematización uniforme de la información.

Es requisito primordial una altísima participación comunitaria, dentro del esquema de planeación y ejecución participativa a través de la comunidad organizada, para que los usuarios y beneficiarios de los recursos naturales se constituyan en administradores de los mismos, induciendo además que se establezcan sistemas de producción apropiados que permitan la sustentabilidad de la productividad de los suelos.

PROTECCIÓN FORESTAL Y CONTROL DE EROSIÓN

En el desarrollo de un proyecto se deberán establecer como prioritarias las áreas por conservar. Se sugiere en principio que éstas abarquen las zonas por encima del afloramiento o nacimiento de la fuente o de la quebrada que surte el acueducto rural colectivo. Por ello se deberá determinar el área protectora requerida, y su reforestación deberá realizarse con especies nativas que no tengan utilización como maderas aserradas, buscando la diversidad de especies y contemplando también la revegetalización natural espontánea de la misma.

La comunidad hará la consecución de tierras para el establecimiento de esta área protectora. El Comité de Cafeteros podrá apoyar con recursos de este Fondo la compra de estas tierras, en casos absolutamente necesarios y será indispensable contar con el concepto de la Corporación Autónoma respectiva o de la correspondiente seccional del Inderena, en donde se indique que el área a adquirir es prioritaria para la conservación de la respectiva fuente de agua.

La propiedad de estas tierras deberá ser preferencialmente comunitaria para lo cual se organizará la comunidad asentada en la microcuenca en una Asociación de Usuarios del Acueducto. La Subgerencia General Técnica remitirá el modelo, metodología y estatutos de este tipo de Asociación para la obtención de la correspondiente personería jurídica. También podrán ser propietarios de las mismas, los Comités de Cafeteros, las Corporaciones Forestales, los municipios y las Fundaciones Privadas sin ánimo de lucro y de interés comunitario existentes o que se creen para este propósito.

Los Comités de Cafeteros con recursos de este Fondo podrán participar en el establecimiento o destinación de áreas forestales protectoras de mayor extensión que hagan parte de una subcuenca, cuando éstas tengan una influencia hidrográfica y de conservación de suelos prioritaria o estratégica para lo cual se deberá contar con la aprobación respectiva del Comité Ejecutivo, la cual se tramitará por conducto de la Dirección del Fondo para la Protección y Recuperación del Medio Ambiente.

Se desarrollará también una labor de protección forestal con vegetación nativa de los drenes naturales del cauce, aguas arriba del sitio de captación del acueducto, realizando además en caso de ser necesario la construcción de obras físicas para control de erosión, como por ejemplo gaviones, muros y trinchos.

Se presentarán los costos totales de esta tarea de protección forestal y de control de erosión, indicando los aportes en mano de obra, insumos o dinero, tanto de la comunidad como del municipio, de la Corporación Autónoma Regional, cofinanciaciones de entidades del orden nacional y del FPRMA.

Se fomentará con recursos de este Fondo el montaje de viveros forestales con especies nativas cuando ellos sean establecidos por organizaciones comunitarias, tales como las propias Asociaciones de Usuarios de los Acueductos, Asociaciones de Futuros Agricultores y en general Fundaciones sin ánimo de lucro de tipo gremial o comunitario.

DESCONTAMINACIÓN DE AGUAS EN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA COMUNITARIA

Para la descontaminación de aguas se podrá contribuir con recursos del FPRMA hasta con el 100% del valor de los pozos sépticos de obras de infraestructura comunitaria ya existentes o que se vayan a construir como por ejemplo, las que corresponden a concentraciones escolares, escuelas, puestos de policía, puestos de salud, etc.

Se participará en proyectos para el establecimiento de plantas de tratamiento de agua y de rellenos sanitarios para poblaciones que no sobrepasen los 15.000 habitantes en su cabecera y que además se encuentren entre los 1.000 y 2.000 m.s.n.m., pero a juicio del Comité Departamental de Cafeteros se podrán contemplar proyectos por fuera de las cotas antes señaladas. Se puede participar en la financiación del costo de estas obras físicas hasta en un 50% con recursos de este Fondo.

La vinculación en estos proyectos se deberá coordinar con los respectivos municipios, siguiendo en todo caso los criterios de participación de la comunidad y los municipios establecidos por el Gobierno Nacional.

DESCONTAMINACIÓN DE AGUAS EN PREDIOS DE PARTICULARES EN ZONA CAFETERA

A nivel de cada predio que compone la microcuenca se deben contemplar aquellas obras dirigidas a la descontaminación de aguas, tales como fosas para la pulpa del café, camas o áreas cubiertas para la descomposición de la misma, baterías sanitarias campesinas y pozos sépticos.

Es oportuno recordar las recomendaciones de Cenicafé para establecer procesos de despulpado y transporte en seco, al igual que el uso de camas y patios cubiertos para la descomposición de pulpas con utilización de lombrices.

Se establece una transferencia de hasta el 50% de los recursos en que incurra el propietario para estas obras físicas de descontaminación en su respectivo predio. Esta se otorgará a través del Banco Cafetero principalmente y por cada beneficiario se diligenciará un formulario. Los precios unitarios, base para el reconocimiento, se acordarán previamente con cada Comité y para cada vigencia.

Cada propietario deberá inscribir previamente, ante el Comité de Cafeteros, las construcciones o soluciones a ejecutar para lo cual se deberá ceñir a los procedimientos de inscripción y a las normas técnicas que establezca la Federación. El pago de la transferencia se hará previa certificación del Servicio de Extensión o de Ingeniería de cada Comité de Cafeteros sobre el cumplimiento de la ejecución de las construcciones.

Se podrá participar con recursos de este Fondo en la solución de problemas de contaminación de aguas por procesos industriales, producidos por plantas localizadas estrictamente en zona cafetera y cuyas soluciones sean de bajo costo y siempre y cuando sean aprobadas por el respectivo Comité Departamental de Cafeteros y el Comité Ejecutivo de la Federación.

MANEJO DE BASURAS

Se iniciará un programa de selección y reciclaje de basuras a nivel rural y en poblaciones localizadas en zona cafetera, con un número de habitantes en su cabecera no mayor de 15.000. Como para la realización de este tipo de proyectos se hace necesaria una altísima participación comunitaria se deberá comenzar su ejecución con el componente educativo y de organización comunitaria, implementándose luego la fase operativa de selección de basuras orgánicas para compost y las no biodegradables posibles o no para reciclar.

Se participará en la financiación de este tipo de proyectos en coordinación con los respectivos municipios y hasta en un 50% del costo de los programas.

DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

La distribución de los recursos del Fondo para la Protección y Recuperación del Medio Ambiente que en un 40% se destinarán al programa de manejo integral de microcuencas será de acuerdo a la participación de cada departamento en la producción nacional de café.

Un 10% de los recursos destinados a este programa quedará a disposición de la Gerencia General de la Federación para apoyar el desarrollo de proyectos prioritarios que tengan también como pro pósito la recuperación y protección de microcuencas.

El Gerente General de la Federación queda facultado para reglamentar el recibo y aprobación de los proyectos, determinación de desembolsos, realizar el manejo financiero de los fondos líquidos y para celebrar todos los actos, contratos o convenios necesarios para el desarrollo y ejecución de este programa.

El manejo de fondos para este programa a nivel de los Comités será consecuente con el manejo presupuestal y contable de los mismos.

REGLAMENTACIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO DE PROYECTOS DE REFORESTACIÓN PRODUCTORA COMERCIAL.

Se concederá un subsidio al reforestador que establezca nuevas plantaciones a partir de los 1.200 m.s.n.m. cuyo monto por hectárea definirá anualmente el Comité Nacional de Cafeteros, el cual se cancelará a través del sistema financiero, principalmente el Banco Cafetero.

Los pagos del subsidio se harán una vez la entidad autorizada por el Inderena o la Corporación Autónoma respectiva y la Federación certifiquen que el área inscrita mediante formulario que se distribuirá, haya cumplido con el plan establecido en el mismo.

La densidad de población por especie debe permitir la entrada de luz para que se forme el sotobosque multiestrato que permita la conservación de suelos, la conservación y regulación del agua y la diversidad biológica de fauna y flora. Además se debe hacer un manejo técnico del bosque (podas y entresacas oportunas y convenientes) para asegurar lo anterior y permitir la formación de productos forestales de calidad comercial. Se tendrá necesariamente en cuenta la diversidad de especies para evitar la homogeneidad en los diferentes núcleos forestales que se establezcan.

Los proyectos forestales comerciales deberán contar con asistencia técnica particular similar a la existente para el café, distribuyendo áreas al asistente para que pueda consolidar su ingreso. El pago al asistente técnico lo hará el reforestador particular, ordenando al intermediario financiero que un porcentaje previamente acordado entre el reforestador y el asistente, de cada una de las entregas del subsidio se gire directamente a éste.

El cupo máximo por reforestador (personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, tenedores, poseedores, sucesiones ilíquidas, comunidades o cuentas en participación) con acceso a este beneficio lo definirá el Gobierno Nacional.

Los beneficiarios de este subsidio simultáneamente podrán hacer usos del crédito del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario para esta actividad.

Se establece también una transferencia por hectárea que señalará anualmente el Comité Nacional de Cafeteros para aquellos sombríos comerciales (especies maderables para maderas aserradas, caucho, macadamia, etc.) que se establezcan en plantaciones de café con una población mínima de 70 árboles por hectárea.

De otra parte se apoyarán proyectos silvopastoriles (proyectos asociados de pastos y árboles en áreas con pendiente máxima hasta del 70%) con especies forestales nativas y forrajeras, con un subsidio por hectárea que definirá anualmente el Comité Nacional de Cafeteros.

En la determinación del monto de los subsidios antes mencionados el Comité Nacional tendrá en cuenta los parámetros señalados por el Gobierno Nacional.

El formulario de solicitud e inscripción de proyectos deberá contener la individualización del reforestador y del predio, el estudio técnico de aptitud forestal del predio y el plan de manejo y éste será elaborado por un Ingeniero Forestal o Agrónomo especializado y suscrito por uno de éstos y el reforestador del predio.

El Gerente General de la Federación queda facultado para realizar el manejo financiero de los fondos líquidos con destino a este programa y para celebrar todos aquellos actos o contratos necesarios para el traslado de fondos hacia Finagro y/o los intermediarios financieros.

REGLAMENTACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y DIVULGACIÓN.

INVESTIGACIÓN

Se deben aunar recursos privados, gubernamentales y de este Fondo para financiar programas y proyectos de investigación buscando la sostenibilidad de recursos en el largo plazo que aseguren una investigación continua e integral.

CAPACITACIÓN, EDUCACIÓN Y DIVULGACIÓN

Se establecerá un inventario para conocer no solamente el material ya publicado sino en proceso de elaboración por las diferentes entidades y organizaciones existentes en el país, además de los propios programas y proyectos de educación y capacitación medio-ambiental y ecológica que se estén desarrollando.

Se procurará adelantar una tarea coordinada en las diferentes entidades oficiales y privadas con el propósito de aunar recursos y esfuerzos.

DESTINACIÓN DE FONDOS

En concordancia con lo establecido por el Comité Nacional en su sesión del día 18 de abril de 1991, que determinó que un 10% de los recursos que ingresen al Fondo para la Protección y Recuperación el Medio Ambiente se destinará para los programas de investigación, capacitación y divulgación, se precisa que un 40% de este segmento de fondos se aplicará al programa de Investigación y el 60% restante se destinará a los programas de capacitación, educación y divulgación.

El Gerente General de la Federación queda facultado para celebrar todos los actos o contratos necesarios para el desarrollo y ejecución de estos programas en concordancia con los criterios antes establecidos.

COMITE TÉCNICO Y DE COORDINACIÓN

Se constituye un Comité Técnico y de Coordinación a nivel nacional que tendrá las siguientes funciones:

  1. Señalar pautas de tipo técnico para proyectos de reforestación comercial apoyados con recursos de este Fondo.
  2. Definir estrategias para los programas de investigación.
  3. Procurar la coordinación ínterinstitucional para el buen desarrollo de los programas a ejecutarse con recursos de este Fondo.
  4. Recomendar la factibilidad de la consecución de nuevos recursos.
  5. Hacer recomendaciones tanto al Comité Ejecutivo como al Comité Nacional para otro tipo de programas y proyectos de impacto medio-ambiental y ecológico e incluso sobre ajustes o modificaciones a los programas ya establecidos.

Este Comité acordará su propio reglamento y estará conformado por:

Un miembro del Comité Ejecutivo de la Federación.
El Gerente General del Inderena.
El Jefe de la Unidad de Desarrollo Agrario en representación del jefe del Departamento Nacional de Planeación.
Un representante de los Asesores del Gobierno para Asuntos Cafeteros.
Un representante del Sector Privado Forestal.
El Subgerente General Técnico de la Federación.
El Director del Fondo para la Protección y Recuperación del Medio Ambiente.

SISTEMAS FORESTALES

PRODUCTOR COMERCIAL

Se entiende por plantación forestal productora comercial aquella que se establece en terrenos de aptitud forestal, con miras a la producción para la comercialización y/o consumo de productos forestales (maderables y no maderables).

La densidad inicial de plantación depende de la especie, calidad del sitio y uso. El manejo de la plantación es importante para buscar mantener vegetación multiestrata de soto bosque protector del suelo y del agua entre los árboles productivos sin perjuicio económico para la producción.

SILVOPASTORIL

Es el sistema de producción que se establece en terrenos de aptitud forestal que por sus condiciones de suelo, clima y pendiente permite asociar temporalmente pastos para ganadería con árboles forestales productivos o de protección. La densidad de plantación depende de la especie, calidad del sitio y uso.

BOSQUE PROTECTOR

Sistema de producción integrado por componentes forestales multiestratos, establecidos en zonas con vocación forestal con alto riesgo de erosión, debe conservarse permanentemente con bosques naturales o artificiales, para proteger los recursos naturales renovables.

En el área forestal protectora debe prevalecer el efecto protector y sólo se permite la obtención de frutos secundarios del bosque. Estos bosques permiten recuperar los suelos y enriquecer los bosques existentes.

BOSQUE PROTECTOR-PRODUCTOR

Sistema de producción integrado por componentes forestales protectores y de producción multiestratos, establecidos en zonas con vocación forestal con alto riesgo de erosión, debe conservarse permanentemente con bosques naturales o artificiales para proteger los recursos naturales renovables y que, además, puede ser objeto de actividades de producción sujeta necesariamente al mantenimiento del efecto protector.

Las zonas de protección generalmente son los drenajes naturales, los taludes de las laderas y carreteras, las riveras de las quebradas y de los ríos y las zonas con problemas graves de erosión.

PLANTACIONES ENERGÉTICAS

Son plantaciones forestales con especies de rápido crecimiento y alto poder calorífico que se establecen con el propósito de producir biomasa leñosa a corto plazo para consumo local, disminuir la presión sobre los bosques nativos y reducir costos y esfuerzos de recolección a las comunidades rurales.

CERCAS VIVAS

Son linderos o divisorias compuestas por especies forestales multipropósito plantadas como barreras vivas o cerramientos y que sirven además para la producción de leña, madera, frutos, forrajes y otros.

CAFÉ ASOCIADO CON SOMBRÍO

Utilización de especies forestales para producción de maderas, frutos y fijación de nitrógeno. Contribuyen a la protección del suelo contra la erosión, principalmente por remociones en masa y para la conservación de agua en zonas con mala distribución de las lluvias.

AGROFORESTAL

Sistema integrado por una plantación forestal asociada con cultivos anuales o semipermanentes en forma temporal.

 

Recinto del Pensamiento - Jaime Restrepo Mejía
| Inicio | Innovaciones Educativas | CRECE | Fundación Ecológica Cafetera | Bosque húmedo de niebla | Comité de Cafeteros | Eventos | Servicios |

Sitio Oficial del Recinto del Pensamiento Jaime Restrepo Mejía
E-mail: info@recintodelpensamiento.com
Comité Departamental de Cafeteros de Caldas (Manizales - Colombia)
(c) 2003 - Todos los derechos reservados.
Esta página se ve mejor en navegadores versión 6.0 o superior y en una resolución de 800 X 600 px
Tecnología y desarrollo por: Soluciones de Red Ltda.